1. ¿Qué es el CBAM?

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM, Carbon Border Adjustment Mechanism) es el instrumento de la Unión Europea que garantiza que las importaciones de determinados productos intensivos en carbono soporten un precio del carbono equivalente al que pagarían si se produjeran dentro de la UE bajo el sistema de comercio de emisiones (EU ETS).

Establecido por el Reglamento (UE) 2023/956, el CBAM tiene por objetivo evitar la "fuga de carbono" — la deslocalización de producción hacia países con regulación climática más laxa. Desde la perspectiva del importador español, significa una nueva obligación de declarar las emisiones incorporadas en los productos importados y adquirir los correspondientes certificados CBAM.

Fase transitoria vs. fase definitiva
Fase transitoria 2023–2025: solo existía la obligación de presentar informes trimestrales de emisiones, sin pago. Desde enero de 2026: la compra y cesión de certificados CBAM son obligatorias. El incumplimiento se sanciona económicamente.

El CBAM se aplica en España a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que actúa como autoridad competente para la autorización de declarantes CBAM y la supervisión del cumplimiento. Los importadores deben estar autorizados como "declarantes CBAM autorizados" para poder importar mercancías CBAM a partir de 2026.

2. Sectores y productos afectados

El CBAM se aplica a seis sectores industriales seleccionados por su alta intensidad de carbono y su exposición al riesgo de fuga de carbono. A continuación se detallan los sectores, sus códigos de nomenclatura combinada (NC) principales y ejemplos de productos:

Sector Códigos NC (ejemplos) Ejemplos de productos
Acero y hierro 7206–7229, 7301–7326 Tubos, perfiles, chapas laminadas, tornillos, productos de hierro y acero
Aluminio 7601–7616 Lingotes, semiproductos, chapas, tubos y productos de aluminio
Cemento 2523 Cemento Portland, cemento aluminoso, clínker
Fertilizantes 2808, 2814, 3102–3105 Amoníaco, urea, nitrato amónico, fertilizantes nitrogenados
Electricidad 2716 Energía eléctrica importada de terceros países
Hidrógeno 2804 Hidrógeno y sus derivados (amoníaco, ácido nítrico)
Importante: productos semielaborados incluidos
El CBAM no se limita a materias primas. Muchos productos semielaborados y componentes (tornillos de acero, tubos de aluminio, elementos de construcción de cemento) quedan incluidos. Verifique los códigos NC exactos de sus importaciones en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1773.

3. Calendario de obligaciones 2026

Fecha Obligación
Continuo (desde ene. 2026) Compra de certificados CBAM en el registro UE (recomendado trimestralmente para gestionar el riesgo de precio)
31 de mayo de 2026 Presentación de la declaración anual CBAM correspondiente al año 2025 (primer ejercicio completo)
31 de mayo de 2026 Cesión del número de certificados CBAM correspondiente a las emisiones declaradas del año 2025
30 de junio de 2026 Recompra de certificados excedentes por parte de la autoridad competente (hasta un tercio de los certificados adquiridos)
31 de mayo de 2027 Declaración anual CBAM del año 2026 + cesión de certificados
Plazo inmediato
El 31 de mayo es el plazo anual inamovible. Las empresas que no hayan iniciado la recopilación de datos de emisiones de sus proveedores con suficiente antelación se enfrentan a tener que utilizar los valores por defecto de la UE — habitualmente superiores a las emisiones reales — con el consiguiente sobrecoste en certificados.

4. Contenido de la declaración anual CBAM

La declaración anual CBAM se presenta a través del Registro CBAM de la UE (transitional.cbam.ec.europa.eu). El declarante autorizado debe incluir la siguiente información:

5. Cálculo de emisiones incorporadas

El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1773 establece la metodología para el cálculo de las emisiones incorporadas. Existen tres enfoques posibles, con diferente grado de precisión y disponibilidad:

Método 1: Datos reales de la instalación del proveedor

El importador obtiene del fabricante extranjero los datos de emisiones específicas de su proceso productivo, verificados por un verificador acreditado según el Reglamento de Ejecución UE. Este método produce los resultados más precisos y generalmente los más favorables económicamente.

Método 2: Valores por defecto de la UE

La Comisión Europea publica valores por defecto de emisiones para cada categoría de producto y país de origen. Se aplican cuando el importador no dispone de datos reales del proveedor. Estos valores se fijan de forma conservadora (al alza) para desincentivar su uso crónico.

Método 3: Medición de laboratorio

En casos específicos, se pueden utilizar datos de análisis de laboratorio acreditado para determinar el contenido de carbono de ciertos productos (principalmente aplicable a algunos fertilizantes y productos químicos).

Riesgo del valor por defecto
Sin datos del proveedor, debe utilizar los valores por defecto de la UE — a menudo significativamente superiores a las emisiones reales. Para sectores como el acero, el sobrecoste puede ser del 30–60% respecto a los datos reales. Empiece a solicitar datos de emisiones a sus proveedores con al menos 6 meses de antelación al plazo de declaración.

Independientemente del método, los datos utilizados deben conservarse durante al menos 4 años desde la presentación de la declaración, para su eventual verificación por parte de la autoridad competente.

6. Certificados CBAM — compra y cesión

Los certificados CBAM son instrumentos electrónicos emitidos por las autoridades nacionales competentes a través del Registro CBAM de la UE. Su precio se calcula semanalmente como la media de los precios de cierre de los derechos de emisión EU ETS en el mercado secundario.

Proceso de compra

Proceso de cesión

Diferencia clave: certificados CBAM ≠ derechos ETS
Los certificados CBAM no son derechos de emisión EU ETS y no pueden negociarse en el mercado secundario. Su único uso es la cesión anual ante la autoridad competente. No es posible acumularlos indefinidamente ni transferirlos a terceros.

Deducción por precio del carbono pagado en origen

Si el productor extranjero ha pagado un precio del carbono en su país de origen (por ejemplo, mediante un ETS local o un impuesto al carbono), el importador puede deducir el equivalente en certificados CBAM. La deducción requiere documentación acreditativa y verificación. Los países con precio del carbono reconocido por la UE publican tablas de equivalencia oficiales.

7. Sanciones por incumplimiento

Tipo de incumplimiento Sanción
No presentar la declaración anual Mínimo 50 €/tCO₂e no cedido (puede ser superior según la legislación nacional de cada Estado miembro)
Declaración incompleta o con datos erróneos Sanción proporcional al error; posible reclamación de diferencia de certificados con recargo
No ceder los certificados CBAM en plazo Prohibición temporal de importar mercancías CBAM + sanción mínima de 50 €/tCO₂e por defecto
Importar sin autorización como declarante CBAM Prohibición de importación de mercancías CBAM hasta obtener la autorización + sanciones administrativas
No conservar la documentación Sanciones por incumplimiento de obligaciones de registro; pérdida del derecho a deducción por precio del carbono pagado en origen
El coste del incumplimiento supera el coste del cumplimiento
Con precios del EU ETS en torno a 70 €/tCO₂e y sanciones mínimas de 50 €/tCO₂e adicionales, importar sin cumplir el CBAM resulta significativamente más caro que cumplir. Para un importador de 1.000 t de acero con 2 tCO₂e/t de emisiones incorporadas, el incumplimiento puede generar costes extra de 100.000 € o más.

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